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Profeco pide frenar esta práctica en supermercados

La práctica que Profeco pide detener va en contra de la libertad, seguridad e integridad de las personas.

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) llamó a la Asociación Nacional de Tiendas Departamentales (ANTAD) a detener la revisión de comprobantes de compra en establecimientos comerciales, ya que es un acto de molestia injustificado al consumidor.

Al adquirir productos en los supermercados, diversas tiendas revisan los tickets la mercancía cuando abandonan el inmueble. Esta práctica es contraria al artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en el que dice:

“Queda prohibido a cualquier proveedor de bienes o servicios llevar a cabo acciones que atenten contra la libertad o seguridad o integridad personales de los consumidores bajo pretexto de registro o averiguación”.

Profeco llama a usar otros sistemas de vigilancia

La Profeco reiteró que si bien los protocolos de estas tiendas son para evitar robos, sostuvo que es incorrecto que revisen los tickets porque va en contra del artículo citado, además de que existen otros sistemas de vigilancia que pueden captar cualquier tipo de irregularidad.

Asimismo, explicó que los “proveedores de bienes o servicios incurren en responsabilidad administrativa por los actos propios que atenten contra los derechos del consumidor y por los de sus colaboradores, subordinados y toda clase de vigilantes, guardias o personal auxiliar que les presten sus servicios, independientemente de la responsabilidad personal en que incurra el infractor”.

En dicho artículo también explica que en caso de que alguien sea sorprendido en la comisión flagrante de un delito, los proveedores, sus agentes o empleados se limitarán, bajo su responsabilidad, a poner sin demora al presunto infractor a disposición de la autoridad competente.

“La infracción de esta disposición se sancionará de acuerdo con lo previsto en esta ley, independientemente de la reparación del daño moral y la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados en caso de no comprobarse el delito imputado”.

Fuente: Redacción